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La Agencia Valenciana de Innovación ofrece ayudas a proyectos de Consolidación de la Cadena de Valor Empresarial

Se trata de ayudas para apoyar el desarrollo de soluciones con incidencia en la cadena de valor empresarial, que supongan aplicación de novedad en los productos o procesos, o bien en los sistemas de organización, entendiendo en este caso las actuaciones que faciliten la vinculación del mundo físico (dispositivos, materiales, productos, maquinaria e instalaciones) con el digital (comunicaciones y software) con el propósito de mejorar el intercambio de información y procesos de trabajo. Asimismo, se pretende apoyar aquellos proyectos que potencien el desarrollo y utilización de otras tecnologías clave para impulsar el desarrollo industrial y económico, en la Comunitat Valenciana.  El plazo de presentación concluirá el 17 de mayo.

Beneficiarios:

  • Personas físicas
  • Pymes
  • Gran empresa

Proyectos subvencionables:

  • Los proyectos de investigación fundamental o industrial.
  • Desarrollo experimental y de innovación en materia de procesos,
  • Organización o producto que permitan a las entidades beneficiarias obtener nuevos productos o servicios o mejorar sustancialmente los existentes,
  • modificar sus procesos tanto organizativos como de producción o suministro.

Gastos subvencionables:

  • Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto. En caso de proyectos de I+D los gastos de personal podrán referirse a personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar.
  • Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
  • En caso de PYME, gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecución del proyecto.
  • Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
  • Gastos de material inventariable en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material inventariable no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
  • En caso de proyectos de innovación en materia de producto, gastos de inversión en equipamiento y demás material inventariable, necesario para el desarrollo de las actividades. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
  • Gastos de actividades de formación en el ámbito de las tecnologías habilitadoras de la nueva economía relacionadas con la transformación digital y otras tecnologías clave e imprescindibles para la ejecución del proyecto. Se considerarán en este apartado la formación y obtención de conocimientos obtenida por la asistencia de personal dedicado al desarrollo del proyecto a jornadas, cursos, estancias en centros de conocimiento, así como la impartición interna específica de cursos a medida por personas expertas en la materia.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 1.400 euros.

Cuantía:

Gran empresa:

  • hasta el 100% en investigación fundamental.
  • hasta el 50-65%* en investigación industrial.
  • hasta el 25-40%* en desarrollo experimental.
  • hasta el 15%** en innovación en procesos, organización y producto.

Mediana empresa:

  • hasta el 100% en investigación fundamental.
  • hasta el 60-75%* en investigación industrial.
  • hasta el 35-50* en desarrollo experimental.
  • hasta el 50% en innovación en procesos, organización y producto.

Pequeña empresa:

  • hasta el 100% en investigación fundamental.
  • hasta el 70-80%* en investigación industrial.
  • hasta el 45-60* en desarrollo experimental.
  • hasta el 50% en innovación en procesos, organización y producto.

*Para llegar al porcentaje máximo de cada intervalo, que en ningún caso superará el 80%, se debe cumplir alguna de las siguientes condiciones:

  • Que el proyecto implique una colaboración efectiva:
    • entre empresas, al menos una de las cuales sea una PYME, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables.
    • entre una empresa y uno o varios organismos de investigación, asumiendo estos como mínimo el 15 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.
    • Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

**Únicamente podrán optar a este tipo de ayudas cuando colaboren con una PYME en la actividad objeto de ayuda y la PYME asuma un mínimo del 30 % del total de los costes subvencionables

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