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La Fundación Biodiversidad lanza una convocatoria de subvenciones para el fomento de la restauración de ecosistemas fluviales y la reducción del riesgo de inundaciones

Presupuesto total de la convocatoria 75 millones de euros

  • Cada propuesta puede recibir de 500.000 € a 4.000.000 €
  • Dirigido a grandes proyectos transformadores que contribuyen a la mejora del estado ecológico del sistema fluvial que se desarrolle dentro del territorio nacional.
  • La convocatoria se desarrolla en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y es objeto de financiación derivado del instrumento Europeo de Recuperación Next Generation EU.

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Objetivos

El objeto y finalidad de la convocatoria, se basa en la concesión de ayudas para el fomento de actividades que contribuyan a la renaturalización urbana y fluvial, así como en la mitigación de los riesgos de inundación, incrementando la infraestructura verde y la conectividad de los espacios verdes y azules.

Acciones que deben ejecutarse para alcanzar la financiación.

  • Elaboración/actualización de planes y estrategias de renaturalización fluvial, reducción del riesgo (mitigación, protección y/o adaptación) de inundación, o de reordenación de espacios que permitan su integración ambiental, contribuyendo a un aumento de biodiversidad y a su propia conservación. Estos instrumentos deben de ser construidos, en la medida de lo posible, de forma participativa junto a todos los agentes interesados.
  • Intervenciones específicas que entre otras actuaciones contengan una o varias de las siguientes acciones y que incluyan soluciones basadas en la naturaleza.

Más allá de estas acciones, los proyectos, deberán incluir de forma obligatoria:

  • Plan de gobernanza y participación.
  • Plan de comunicación y sensibilización.
  • Plan de medición y seguimiento de indicadores.

Uno de los requisitos centrales es que el proyecto debe dar comienzo a partir de la resolución de la convocatoria y no podrá finalizar más tarde del 31 de diciembre de 2025, prórrogas incluidas. En segundo lugar, las actividades objeto, no deberán implicar beneficio mercantil comercial directo a los beneficiarios y no podrán ser ejecutadas sin las licencias y/o autorizaciones de las autoridades competentes.

Es imprescindible tener en cuenta que solamente se admitirá para su evaluación una propuesta por entidad solicitante (que actúe como representante).

 

¿Quién puede solicitarlas?

Esta convocatoria permite tanto la presentación de solicitudes por parte de un único socio, o bien la creación de un consorcio de entidades legales que actúen juntas. Siempre y cuando se integren en agrupaciones con al menos una entidad de Administración Pública, que deberá en todos los casos, actuar como representante de la agrupación. Dichas entidades públicas son:

  • Ayuntamientos.
  • Diputaciones provinciales o Administraciones que, de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, tengan asumidas sus competencias propias.
  • Cabildos y Consejos Insulares.
  • Comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios, instituidas por las Comunidades Autónomas de conformidad con la Ley y los correspondientes Estatutos de Autonomía.
  • Mancomunidades de Municipios

Se permiten entidades afiliadas (terceras partes) que integren las agrupaciones, pero estas deben ser limítrofes y participar de un proyecto común.

¿Cómo y cuándo solicitarla?

Las solicitudes se realizarán a través de forma telemática a través de la página web de la Fundación Biodiversidad (www.fundacion-biodiversidad.es) por parte de la entidad solicitante, a través de la herramienta habilitada al efecto.

La apertura de presentación de solicitudes se abrió el pasado miércoles 22 de diciembre de 2021 y el cierre de presentación de solicitudes será el miércoles 16 de marzo de 2022.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, a partir de la fecha de cierre del plazo de presentación solicitudes.

Dotación económica

  • La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta000.000,00€
  • El importe mínimo de la ayuda por solicitud será de al menos 000,00 €
  • El importe máximo de la ayuda por solicitud será de hasta 4.000.000,00 €.

Aunque el importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 95% del total del presupuesto del proyecto presentado. Por tanto, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la vigencia y suficiencia del citado presupuesto.

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Carolina Lechado, EU Project Manager
carolina.lechado@finnova.eu

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