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Programa de subvenciones de pymes de la ue: derechos de propiedad intelectual

Objeto de la convocatoria

Con un presupuesto de 47 millones de euros, llega el programa de financiación “Ideas Powered for business” de la Comisión Europea y la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) diseñado para ayudar a las pymes de la UE en el ámbito de los derechos de propiedad intelectual (PI).

¿Qué ofrece la ayuda?

    • Reembolso del 90 % de las tasas cobradas por los Estados miembros por los servicios IP Scan.
    • Reembolso del 75 % de las tasas cobradas por las oficinas de PII.
    • Reembolso del 50 % de las tasas cobradas por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
    • Reembolso del 50 % de las tasas cobradas por las oficinas nacionales de patentes por el registro de patentes en 2022.
    • A partir de 2023 podrían cubrirse otros servicios, como el reembolso parcial de los costes de la búsqueda del estado de la técnica anterior para una patente, así como los costes de la presentación de una solicitud de patente, y el asesoramiento privado en materia de PII cobrado por abogados especializados en PII (en relación con el registro de patentes, los acuerdos de licencia, la valoración de la PII, los costes de resolución alternativa de litigios, etc).

Por primera vez, el nuevo Fondo para Pymes de la UE cubrirá también las patentes, con una contribución financiera por parte de la Comisión que asciende a 2 millones de euros.

Solicitudes

    • A partir del 10 de enero de 2022 hasta el 16 de diciembre de 2022
    • Este Fondo para Pymes de la UE es limitado y está disponible sobre la base del principio «al primero que llega es al primero que se atiende”.

Jornada informativa del programa

Durante las Jornadas de la Industria de la UE se dedicará una sesión especial al Fondo para Pymes el día 11 de febrero. Las pymes podrán formular preguntas a los expertos que gestionan el Fondo y recibirán una guía práctica sobre cómo solicitar los distintos servicios. Se podrá seguir online suscribiéndose a las Jornadas de la Industria de la UE.

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Adrian Noheda, EU Project
adrian.noheda@finnova.eu

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Convocatoria de ayudas para la digitalización de Pymes y Autonomos Programa KIT Digital

¿Qué es KIT Digital?

Es la primera gran medida relacionada con la digitalización bajo el paraguas de los fondos europeos de recuperación: 3.000 millones de euros en bonos para la transformación tecnológica de pymes y autónomos.

PRIMER TRAMO: 500 millones de euros para empresas de entre 10 y 49 trabajadores que cumplan los siguientes requisitos:

    • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores
    • No tener la consideración de empresa en crisis
    • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
    • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común
    • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones
    • No superar el límite de ayudas de minimis
    • Haber realizado la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.

Cuantía de la convocatoria

    • Pymes de entre 10 y 50 empleados: hasta a 12.000 euros
    • Pymes entre 3 y 10 trabajadores: hasta 6.000 euros.
    • Microempresas de hasta 3 empleados: ayudas por valor de 2.000 euros

¿Qué es subvencionable?

    • Los sitios y presencia en internet (se exigirá un dominio web, hosting durante un año y una web con al menos tres apartados y un diseño responsive y autogestionado, con SEO básico),
    • Comercio electrónico (con al menos 100 referencias de productos y pasarela de pago incluida)
    • Gestión de redes sociales (con la publicación de entre 4 y 8 posts al mes).
    • Soluciones para la gestión de clientes (incluyendo la captación de nuevos leads),
    • Herramientas de ‘business intelligence’ y analítica de datos (con requisitos por tiempo de parametrización y de almacenamiento de datos -1 Gb-), de gestión de procesos y flujos de trabajo (ERP),
    • Factura electrónica (que deberá ser un programa sin limitaciones por número de documentos emitidos),
    • Oficina virtual (para tecnologías de colaboración y trabajo remoto)
    • Ciberseguridad y comunicaciones seguras.

No serán subvencionables los impuestos del IVA, el Impuesto General Indirecto Canario ni el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación. Tampoco se permitirá incluir en estas ayudas ni hardware, servicios de telecomunicaciones y conectividad a internet o los gastos de asesoría o gestoría para obtener estas ayudas.
Se otorgará una única subvención pública por beneficiario entre todas las convocatorias del programa. Una vez concedido el ‘bono digital’, los beneficiarios abonarán el precio de las soluciones de digitalización que contraten, con una cesión del derecho al cobro de la subvención pública concedida

¿Cuando se debe solicitar y ejecutar la ayuda?

Hay tres plazos a tener en cuenta a la hora de solicitar y ejecutar estas subvenciones:

  • Formalización de acuerdos de prestación de soluciones: debe hacerse en un máximo de seis meses desde la notificación de la concesión de la ayuda.
  • Implementación tecnológica: en un plazo máximo de tres meses desde la validación de dicho acuerdo.
  • Desarrollo y consolidación de esa tecnología dentro de la pyme: doce meses a computar desde la factura que cierre la implementación anterior.

¿Quién se encargará de gestionar la convocatoria?

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Adrian Noheda, EU Projects
adrian.noheda@finnova.eu

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Primera convocatoria de ayudas para intensificar la digitalización de empresas del sector turistico con un presupuesto de 25 M€

Se convocan ayudas para el año 2021, en los términos establecidos en las bases reguladoras incluidas en el capítulo II de esta orden, destinadas al apoyo a la competitividad de las empresas cuya actividad, bien sea directa o verticalizada, estén orientadas al sector turístico en general y cualquiera de sus subsectores productivos. En concreto se pretende movilizar aquellos proyectos singulares y transformadores que cubran procesos y productos fácilmente escalables y replicables con una clara orientación al usuario final y que contengan, entre otros, mejoras en la digitalización e inteligencia aplicados a la gestión, promoción, sostenibilidad, puesta en valor y difusión para destinos y sector turístico.

La convocatoria se enmarca en la inversión 2, proyecto 2 del componente 14 «Plan de modernización y competitividad del sector turístico», del Plan de Recuperación, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del mecanismo de recuperación y resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.

La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la orden de concesión.

1. Los tipos de actuaciones y proyectos susceptibles de recibir las ayudas del programa serán los siguientes:
a) Línea 1: Proyectos de desarrollo tecnológico innovadores que incorporarán tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo con riesgo tecnológico medio/bajo regulados en el artículo 6.
b) Línea 2: Proyectos de implantación y adopción de nuevas tecnologías que incorporarán tecnologías testadas previamente en el mercado con riesgo tecnológico bajo reguladas en el artículo 7.

¿Quién puede presentar candidatura?

Las empresas del sector turístico definidas en el artículo 3 siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España. Se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad económica independientemente de su forma jurídica y de su financiación y que entre sus fines y actividades recojan la gestión, promoción, puesta en valor y difusión de los recursos turísticos clasificadas bajo alguno de los siguientes códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE)

Empresas cuya actividad les permita constituirse en socios tecnológicos y con experiencia demostrable en el ámbito turístico.
Los tipos de actuaciones y proyectos susceptibles de recibir las ayudas del programa serán los siguientes:
a) Línea 1: Proyectos de desarrollo tecnológico innovadores que incorporarán tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo con riesgo tecnológico medio/bajo regulados en el artículo 6.
b) Línea 2: Proyectos de implantación y adopción de nuevas tecnologías que incorporarán tecnologías testadas previamente en el mercado con riesgo tecnológico bajo reguladas en el artículo 7.

Condiciones aplicables a los proyectos de desarrollo tecnológico innovadores (Línea 1).
1. Los proyectos presentados en esta modalidad deberán ser proyectos de desarrollo con carácter aplicado, muy cercanos al mercado (niveles de madurez de la tecnología TRL 6-8), con riesgo tecnológico medio/bajo, que permitan mejorar la competitividad del sector turístico mediante la incorporación de tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo en el ámbito del internet de las cosas, 5G, big data, ciberseguridad o aplicaciones móviles, sin carácter limitativo. La finalidad última de los proyectos será promover la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de las siguientes categorías gestión de las empresas en su relación con clientes, en la gestión de sus beneficios o en su posicionamiento de marca.

Condiciones aplicables a los proyectos de implantación y adopción de nuevas tecnologías (Línea 2).
1. Los proyectos presentados en esta modalidad deberán ser proyectos demostradores de conocimientos y/o tecnologías testadas previamente en mercado (niveles de madurez de la tecnología TRL 8-9), con riesgo tecnológico bajo, que permitan mejorar la competitividad del sector turístico mediante la implantación y adopción de tecnologías existentes en el ámbito del internet de las cosas, 5G, big data y ciberseguridad o aplicaciones móviles, sin carácter limitativo. La finalidad última de los proyectos será promover la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de las siguientes categorías gestión de las empresas en su relación con clientes, en la gestión de sus beneficios o en su posicionamiento de marca.

¿Cómo presentar candidatura?

Para la presentación de proyectos tanto de la Línea 1, como de la Línea 2, las agrupaciones estarán compuestas por una o más empresas con capacidad técnica para convertirse en socio tecnológico y con demostrada experiencia en el ámbito turístico, junto con empresas turísticas, siempre que el 70 % del total de los costes subvencionables estén asignados a PYMEs, de acuerdo con la definición del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

Según lo establecido en el artículo 5, las actuaciones susceptibles de ser objeto de las ayudas contempladas en esta convocatoria serán las siguientes:
a) Proyectos de desarrollo tecnológico innovadores (Línea 1), descritos en el artículo 6.
b) Proyectos de implantación y adopción de nuevas tecnologías (Línea 2), descritos en el artículo 7.
2. La fecha de inicio de la actuación no podrá ser anterior al día siguiente de la fecha de presentación de la solicitud. El plazo de ejecución máximo será de 18 meses para los proyectos de Línea 1 y de 12 meses para los proyectos de Línea 2.

La fecha de presentación será publicada en el transcurso del mes.

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Sobre la Fundación Finnova

Fundación europea para la financiación de la innovación. Es una fundación europea con sede en Bruselas y España, cuyos objetivos son promover la cooperación público-privada mediante la innovación para abordar retos sociales como el empleo, la formación, el emprendimiento, los ODS de Naciones Unidas, la economía circular, etc. Finnova organiza los Startup Europe Awards, una iniciativa de la Comisión Europea y la Fundación Finnova, para reconocer a los mejores startups europeas en el ámbito social.

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Convocatoria de microproyectos de cooperación transfronteriza en los Pirineos

Objeto de la convocatoria

Con el objetivo de dinamizar y dar vida a la cooperación transfronteriza, acercando Europa a la ciudadanía, la Comunidad de Trabajo de los Pirineos lanza la primera convocatoria de microproyectos de cooperación transfronteriza entre España, Francia y Andorra.

La presente convocatoria de subvenciones se financia con un excedente de remanente del Programa Operativo de Cooperación Territorial España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2007-2013 que fue transferido a los Estados Miembros (España y Francia), en la forma de contribuciones nacionales, perdiendo su naturaleza de fondos FEDER.

Esta convocatoria destinará 575.000 euros a financiar al 100% microproyectos de cooperación territorial entre agentes del territorio eligible:

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Los proyectos que se presenten deberán poner en práctica acciones concretas e innovadoras y proyectos de proximidad de carácter transfronterizo en las áreas de cultura, turismo, deporte, educación, juventud, acción social, salud, agricultura, sector agroalimentario y medio ambiente.

¿Quién puede presentar candidatura?

Cualquier grupo o partenariado integrado por entidades u organismos con personalidad jurídica, de naturaleza tanto pública como privada (empresas privadas, entes públicos y entidades sin ánimo de lucro) pertenecientes, al menos, a dos estados diferentes de los tres participantes (España, Francia y Andorra).

Una de dichas entidades u organizaciones liderará el proyecto y será denominada “responsable del proyecto”. Las entidades responsables del proyecto deben pertenecer necesariamente a España o Francia y serán las responsables ante el Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos como depositarias de los fondos y organismos financieros.

La duración máxima de los proyectos será de 18 meses, desde el 1 de junio de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2023, sin posibilidad de prórroga.

¿Cómo presentar candidatura?

¿Cómo presentar candidatura?

Para que una candidatura esté completa, tiene que incluir:

Formulario de candidatura.
Declaración responsable de beneficiario completado, firmado y sellado.
Presupuesto del microproyecto.
El formulario de candidatura deberá presentarse obligatoriamente en francés y español, y opcionalmente, de manera adicional, en euskera o catalán. El resto de documentación deberá presentarse en francés o en español, pudiendo elegir uno de los dos idiomas.

La fecha límite de presentación de candidaturas es el 1 de marzo de 2022 a las 14h.

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Adrián Noheda, Porject Manager
adrian.noheda@finnova.eu

Sobre la Fundación Finnova

Fundación europea para la financiación de la innovación. Es una fundación europea con sede en Bruselas y España, cuyos objetivos son promover la cooperación público-privada mediante la innovación para abordar retos sociales como el empleo, la formación, el emprendimiento, los ODS de Naciones Unidas, la economía circular, etc. Finnova organiza los Startup Europe Awards, una iniciativa de la Comisión Europea y la Fundación Finnova, para reconocer a los mejores startups europeas en el ámbito social.

Alerta 240

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EUROGIA 2030 : CONVOCATORIA19

Con el objetivo de lograr la neutralidad climática, el programa lider en el campo de la energía EUROGIA2030 impulsará soluciones de I + D + i de tecnologías bajas en carbono y abre la convocatoria EURAGIA19.

 

¿QUÉ ES EUROGIA19?

Diseñada para estimular la actividad mediante la creación de proyectos colaborativos transnacionales, la convocatoria invita a presentar propuestas de proyectos de investigación aplicada e innovación que sigan su hoja de ruta tecnológica basada en 5D:

    1. Descarbonización
    2. Descentralización
    3. Digitalización
    4. Desregulación
    5. Democratización

 

CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS EXITOSAS

Deben ser propuestas más allá del estado de la técnica, pues EUROGIA19 busca proyectos que formen ecosistemas innovadores que permitan avances en el estado del arte y generen oportunidades de impacto comercial y / o social.

La intención es reunir a socios de la comunidad en equipos colaborativos que podrán demostrar un alto impacto: grandes empresas, pymes, organizaciones de investigación y tecnología y universidades.

 

CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD PARA PROPUESTAS DE PROYECTOS

    • Ser consorcios de al menos dos empresas de diferentes países participantes de EUREKA
    • Voluntad de cooperarción entre socios de manera equitativa
    • Contener un proceso o servicio innovador e involucrar un riesgo tecnológico
    • Generar una ventaja evidente y un valor añadido resultante de la cooperación tecnológica
    • Destacar los beneficios económicos y sociales obtenidos
    • Firmar un acuerdo de cooperación (PCA) entre los socios

 

EVALUACIÓN

Las propuestas serán evaluadas en:

    • Excelencia
    • Impacto (económico y social)
    • Organización
    • Ejecución sugerida
¿CÓMO PARTICIPAR?

Enviar un resumen del proyecto PO o una propuesta de proyecto completa FPP

¿CUÁNDO SE DEBE PRESENTAR?

Antes del 18.02.2022, 17:00 CET

¿DÓNDE SE ENVÍA ?

A través del Portal de envío de EUROGIA

FINANCIACIÓN

Cada participante del proyecto debe ponerse en contacto con su agencia nacional de financiación con anticipación y seguir sus consejos con respecto a las solicitudes de financiación nacional.

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ENERGÍA Y RETO DEMOGRÁFICO

Se abrirán las convocatorias para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que concederá ayudas públicas a fondo perdido y con posibilidad de ser adelantadas para proyectos de I+D relativos al almacenamiento energético.

La entidad que lanzará las convocatorias y participará en la selección es el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)

 

¿QUIENES PODRÁN SOLICITAR ESTAS AYUDAS ?

Entidades con domicilio fiscal en España que cumplan la legislación europea medioambiental y trabajen en proyectos de desarrollo industrial, experimental y de investigación como:

    • Organismos públicos de investigación de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
    • Universidades públicas y privadas y sus institutos universitarios
    • Centros públicos de I+D
    • Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro
    • Empresas o agrupaciones empresariales
    • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica
    • Centros privados de I+D+i
    • Empresas Innovadoras de Base Tecnológica
    • Organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen difusión y divulgación tecnológica y científica
    • Asociaciones de personas jurídicas

 

 

¿QUÉ NO ES FINANCIABLE ?

Tecnologías o actividades

    • basadas en combustibles fósiles
    • cubiertas por el comercio de derechos de emisión de CO2
    • relacionadas con vertederos de residuos, icineradoras y plantas de tratamiento biológico mecánico

 

EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

Las solicitudes, comunicaciones y documentación se presentan electrónicamente. Cada convocatoria especificará el proceso de solicitud.

Para el proceso de selección se ha establecido un orden de prelación, de mayor a menor puntuación:

    1. Viabilidad económica (0-50%)
    2. Características técnicas para la integración de renovables (0-30%)
    3. Escalabilidad tecnológica y potencial de mercado (0-15%)
    4. Viabilidad del proyecto (0-25%)
    5. Externalidades (0-50%)

PLAZOS

El plazo de documentación correspondiente detallada en las convocatorias será mínimo veinte días y máximo tres meses desde la fecha de publicación.

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La Fundación Biodiversidad lanza una convocatoria de subvenciones para el fomento de la restauración de ecosistemas fluviales y la reducción del riesgo de inundaciones

Presupuesto total de la convocatoria 75 millones de euros

  • Cada propuesta puede recibir de 500.000 € a 4.000.000 €
  • Dirigido a grandes proyectos transformadores que contribuyen a la mejora del estado ecológico del sistema fluvial que se desarrolle dentro del territorio nacional.
  • La convocatoria se desarrolla en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y es objeto de financiación derivado del instrumento Europeo de Recuperación Next Generation EU.

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Objetivos

El objeto y finalidad de la convocatoria, se basa en la concesión de ayudas para el fomento de actividades que contribuyan a la renaturalización urbana y fluvial, así como en la mitigación de los riesgos de inundación, incrementando la infraestructura verde y la conectividad de los espacios verdes y azules.

Acciones que deben ejecutarse para alcanzar la financiación.

  • Elaboración/actualización de planes y estrategias de renaturalización fluvial, reducción del riesgo (mitigación, protección y/o adaptación) de inundación, o de reordenación de espacios que permitan su integración ambiental, contribuyendo a un aumento de biodiversidad y a su propia conservación. Estos instrumentos deben de ser construidos, en la medida de lo posible, de forma participativa junto a todos los agentes interesados.
  • Intervenciones específicas que entre otras actuaciones contengan una o varias de las siguientes acciones y que incluyan soluciones basadas en la naturaleza.

Más allá de estas acciones, los proyectos, deberán incluir de forma obligatoria:

  • Plan de gobernanza y participación.
  • Plan de comunicación y sensibilización.
  • Plan de medición y seguimiento de indicadores.

Uno de los requisitos centrales es que el proyecto debe dar comienzo a partir de la resolución de la convocatoria y no podrá finalizar más tarde del 31 de diciembre de 2025, prórrogas incluidas. En segundo lugar, las actividades objeto, no deberán implicar beneficio mercantil comercial directo a los beneficiarios y no podrán ser ejecutadas sin las licencias y/o autorizaciones de las autoridades competentes.

Es imprescindible tener en cuenta que solamente se admitirá para su evaluación una propuesta por entidad solicitante (que actúe como representante).

 

¿Quién puede solicitarlas?

Esta convocatoria permite tanto la presentación de solicitudes por parte de un único socio, o bien la creación de un consorcio de entidades legales que actúen juntas. Siempre y cuando se integren en agrupaciones con al menos una entidad de Administración Pública, que deberá en todos los casos, actuar como representante de la agrupación. Dichas entidades públicas son:

  • Ayuntamientos.
  • Diputaciones provinciales o Administraciones que, de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, tengan asumidas sus competencias propias.
  • Cabildos y Consejos Insulares.
  • Comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios, instituidas por las Comunidades Autónomas de conformidad con la Ley y los correspondientes Estatutos de Autonomía.
  • Mancomunidades de Municipios

Se permiten entidades afiliadas (terceras partes) que integren las agrupaciones, pero estas deben ser limítrofes y participar de un proyecto común.

¿Cómo y cuándo solicitarla?

Las solicitudes se realizarán a través de forma telemática a través de la página web de la Fundación Biodiversidad (www.fundacion-biodiversidad.es) por parte de la entidad solicitante, a través de la herramienta habilitada al efecto.

La apertura de presentación de solicitudes se abrió el pasado miércoles 22 de diciembre de 2021 y el cierre de presentación de solicitudes será el miércoles 16 de marzo de 2022.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, a partir de la fecha de cierre del plazo de presentación solicitudes.

Dotación económica

  • La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta000.000,00€
  • El importe mínimo de la ayuda por solicitud será de al menos 000,00 €
  • El importe máximo de la ayuda por solicitud será de hasta 4.000.000,00 €.

Aunque el importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 95% del total del presupuesto del proyecto presentado. Por tanto, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la vigencia y suficiencia del citado presupuesto.

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Carolina Lechado, EU Project Manager
carolina.lechado@finnova.eu

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Subvención Kit-Digital

[timed-content-rule id=»34239″]Programa activo[/timed-content-rule]

¿QUÉ ES EL PROGRAMA KIT DIGITAL?

Un programa dirigido a pymes y autónomos, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que les acompaña en su proceso de transformación digital. Para que gracias a la tecnología puedan evolucionar y mejorar su negocio.

¿Cómo? Con ayudas económicas (bono digital) que les permiten acceder a un gran catálogo de soluciones digitales y a agentes digitalizadores que ofrecen estos servicios. Tu empresa puede ser una de ellas.

¿QUÉ TE OFRECE SER AGENTE DIGITALIZADOR?

Los agentes digitalizadores aportarán las soluciones y los servicios tecnológicos que necesitan las pymes y los autónomos beneficiarios del programa Kit Digital para avanzar en la digitalización de sus negocios.

La participación como agente digitalizador te habilita para suscribir acuerdos de colaboración con los beneficiarios de las ayudas del programa y acompañarlos en sus procesos de transformación digital, implementando soluciones tecnológicas que se encuentren dentro de alguna de las siguientes categorías:

¿CÓMO PUEDES SER AGENTE DIGITALIZADOR?

  1. Accede al formulario de adhesión en la sede electrónica de Red.es, accesible desde www.acelerapyme.es.
  2. Completa todos los pasos del formulario, indicando las categorías de soluciones para las que solicitas la adhesión.
  3. Publicita tus servicios en tus canales y suscribe los acuerdos de prestación de soluciones digitales con los beneficiarios del programa.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR LA ADHESIÓN COMO AGENTE DIGITALIZADOR?

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